Si el objeto de la sociedad para la que va a trabajar el aparejador es EXCLUSIVAMENTE de prestación de servicios de la profesión de arquitectura técnica, el aparejador puede optar entre una Mutualidad de Previsión Social y el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social (RETA) para las coberturas de jubilación y prestaciones de riesgo (fallecimiento, incapacidad permanente...). Esta elección se realiza la primera vez, con la particularidad de que si al inicio elige mutualidad y después quiere pasar al RETA podría hacerlo, pero NO al contrario (si elige de inicio RETA no podrá cambiar)
Desde el 01/01/2013, la Ley 27/2011 de 1 de agosto sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, se obligó a las Mutualidades a cubrir otro tipo de contingencias (Incapacidad temporal, Maternidad/paternidad...) y por ello las cuotas subieron hasta un mínimo del 80 % de la cuota mínima del RETA (=205,38 €/mes; antes era mucho menos).
En este caso, al ser socio administrador no puede aplicarse las bonificaciones de la tarifa plana de autónomos que se ha ampliado a los mayores de 30 años, pero sí que puede bonificarse en su cuota por ser minusválido y con las bonificaciones que hay actualmente sale más barato aún que si se afilia a una mutualidad.
Adjunto el cuadro de cuotas de una mutualidad de aparejadores (hay varias, pero la cuota es igual) y las de RETA.
A tener en cuenta: las bonificaciones se aplican sólo sobre la base mínima de cotización, si quisiera tener una base de cotización más alta, la diferencia no tendría bonificación.
Cuota autónomo
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Sólo cotización por contingencias comunes
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Base cotización
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858,60
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Tipos
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Cuota
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IT
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29,80%
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255,87
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Lactancia
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0,1 %
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0,86
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Cuota total ....
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256,73 €
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Cuota autónomo
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Con cotización AT, EP y cese actividad
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Base cotización
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858,60
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Tipos
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Cuota
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IT
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29,30%
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251,57
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A.T. y E.P
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1,65 %
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14,17
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Lactancia
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0,1 %
|
0,86
|
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Cese de Actividad
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2,2
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18,89
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Cuota total ....
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285,49 €
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Cuota RETA BONIFICADO
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Si cumple:
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Bonificación
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Cuota
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·
Alta inicial o
no autónomo en los 5 años anteriores
·
Sin trabajadores
·
No
Administrador
·
No colaborador
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Primeros 6 meses:
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80%
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52,03 euros
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Meses 7 al 12:
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50%
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128,79 euros
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Meses 13 al 15
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30%
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179,96 euros
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Si además es menor de 30
años (mujeres menor de 35 años )
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Meses del 16 al 30
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30%
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179,96 euros
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Cuota RETA con
DISCAPACIDAD - BONIFICADO
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Bonificación
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Cuota
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Personas con
discapacidad
Grado ≥ 33%
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Alta inicial en el Régimen
Especial de Trabajadores por Cuenta Propia
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5
años
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50%
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128,79 euros
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Menores de 35 años de edad
y causen alta inicial o no hubieran estado en situación de alta en los 5 años
inmediatamente anteriores
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12
meses
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80%
|
52,03 euros
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4
años
|
50%
|
128,79 euros
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