lunes, 25 de noviembre de 2013

Regímen aplicable a un aparejador con una minusvalía >= 33% socio de una sociedad mercantil.


 Si el objeto de la sociedad para la que va a trabajar el aparejador es EXCLUSIVAMENTE de prestación de servicios de la profesión de arquitectura técnica, el aparejador puede optar entre una Mutualidad de Previsión Social y el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social (RETA) para las coberturas de jubilación y prestaciones de riesgo (fallecimiento, incapacidad permanente...). Esta elección se realiza la primera vez, con la particularidad de que si al inicio elige mutualidad y después quiere pasar al RETA podría hacerlo, pero NO al contrario (si elige de inicio RETA no podrá cambiar)


    Desde el 01/01/2013, la Ley 27/2011 de 1 de agosto sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, se obligó a las Mutualidades a cubrir otro tipo de contingencias (Incapacidad temporal, Maternidad/paternidad...) y por ello las cuotas subieron hasta un mínimo del 80 % de la cuota mínima del RETA (=205,38 €/mes; antes era mucho menos).

    En este caso, al ser socio administrador no puede aplicarse las bonificaciones de la tarifa plana de autónomos que se ha ampliado a los mayores de 30 años, pero sí que puede bonificarse en su cuota por ser minusválido y  con las bonificaciones que hay actualmente sale más barato aún que si se afilia a una mutualidad.

Adjunto el cuadro de cuotas de una mutualidad de aparejadores (hay varias, pero la cuota es igual) y las de RETA. 
A tener en cuenta: las bonificaciones se aplican sólo sobre la base mínima de cotización, si quisiera tener una base de cotización más alta, la diferencia no tendría bonificación.

Cuota autónomo
Sólo cotización por contingencias comunes
Base cotización
858,60
Tipos
Cuota
IT
29,80%
255,87
Lactancia
0,1 %
0,86
Cuota total ....
256,73 €

Cuota autónomo
Con cotización AT, EP y cese actividad
Base cotización
858,60
Tipos
Cuota
IT
29,30%
251,57
A.T. y E.P
1,65 %
14,17
Lactancia
0,1 %
0,86
Cese de Actividad
2,2
18,89
Cuota total ....
285,49 €

Cuota RETA BONIFICADO
Si cumple:

Bonificación
Cuota
·         Alta inicial o no autónomo en los 5 años anteriores
·         Sin trabajadores
·         No Administrador
·         No colaborador
Primeros 6 meses:
80%
52,03 euros
Meses 7 al 12:
50%
128,79 euros
Meses 13 al 15
30%
179,96 euros
Si además es menor de 30 años (mujeres menor de 35 años )
Meses del 16 al 30
30%
179,96 euros

Cuota RETA  con DISCAPACIDAD - BONIFICADO



Bonificación
Cuota
Personas con discapacidad
Grado ≥ 33%
Alta inicial en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia
5 años
50%
128,79 euros
Menores de 35 años de edad y causen alta inicial o no hubieran estado en situación de alta en los 5 años inmediatamente anteriores
12 meses
80%
52,03 euros
4 años
50%
128,79 euros


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