jueves, 14 de noviembre de 2013

¿Quien debe de llevar una contabilidad?

Todo empresario (persona natural o jurídica) está obligado a llevar una contabilidad ordenada y adecuada a la actividad de su empresa, que permita un seguimiento cronológico de todas sus operaciones, así como la elaboración periódica de balances e inventarios (art. 25.1 del Ccom.).


Para que la contabilidad sea clara, de manera que los sujetos interesados en ella (socios, terceros, el Estado) puedan formarse una opinión fundada sobre la situación económica y financiera de la empresa, la Ley establece unas mismas pautas y un mismo esquema para todos los empresarios. Con carácter general, y sin perjuicio de lo que se dirá acerca del esquema del balance, de la cuenta de pérdidas y ganancias, del estado que refleje los cambios en el patrimonio neto, del estado de flujos de efectivo y de la memoria, el art. 29 del Ccom. establece una serie de reglas en su núm. 1:

miércoles, 13 de noviembre de 2013

Cooperativas de Trabajo Asociado


Una cooperativa de trabajo asociado está formada por personas que se asocian en régimen de libre adhesión y baja voluntaria, para la realización de actividades empresariales, encaminadas a satisfacer sus necesidades económicas, sociales y con una estructura y funcionamiento democrática.

La diferencia fundamental con el resto de cooperativas es que deben de existir al menos tres socios trabajadores y nunca menos de ese número ya que si fuese menor durante un plazo continuado de un año la cooperativa deberá ser disuelta.

Para adquirir la condición de socio-trabajador se debe suscribir la aportación obligatoria al capital social que corresponda, desembolsándose por lo menos el 25% en el momento de la suscripción y el resto según establezcan los Estatutos o por la Asamblea General y pagar la cuota de ingreso.

Otra de las diferencias respecto de otro tipo de cooperativas es que el número horas/año realizada por trabajadores por cuenta ajena no puede ser superior al 30% del total de horas/año realizada por los socios-trabajadores.

viernes, 8 de noviembre de 2013

“Adiós, aceitera mía, adiós”


Hace ya algunos meses que saltó a los medios una trágica noticia, “las aceiteras no volverán a utilizarse en nuestros bares y restaurantes”. Cuando lo escuchas todos los recuerdos que has tenido con aquel objeto pasan por tu cabeza en unos segundos. ¿Cuantas veces te has tomado una tostada derramando un buen “chorreón” de aceite por encima?. Entonces empiezas a ver el significado que tiene para tu vida, te duele ese corazón jaenero, y ves como tanto a pequeños fabricantes y hosteleros le añaden un lastre más en su pesada carga legislativa, y para colmo “con la que está cayendo”. Pero una vez que se te ha pasado en primer cabreo, empiezas a analizar la situación.

martes, 22 de octubre de 2013

Tratamiento fiscal de las obras en nuestra vivienda habitual: Impuesto del Valor Añadido (IVA) e Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).


¿Quién no ha tenido albañiles en casa en alguna ocasión? Esto le ha pasado a varios amigos míos y luego me han estado persiguiendo y llamándome, para preguntarme las dudas típicas de estos casos como; “¿qué tipo de IVA me tienen que aplicar?”, “¿Puedo deducirme en IRPF alguna cantidad?”. Por lo que creo que alguno de vosotros puede estar en esta situación, con lo que le ayudará este artículo que voy a desarrollar.
Desde el punto de vista de un particular puesto que no se puede deducir el IVA ya que es quien soporta este impuesto, siempre será interesante que sea un tipo lo mas reducido posible el que sea soportado.

jueves, 10 de octubre de 2013

Protección de la vivienda del empresario: “El emprendedor de responsabilidad limitada”

Durante mucho tiempo se ha venido hablando de la protección patrimonial de los emprendedores en España. En concreto de su vivienda habitual. El pasado 28 de septiembre se aprobó una serie de medidas  encaminadas a este precepto que analizaremos a continuación.